Propuesta de reforma del artículo 104 del Código de Familia respecto al orden de los apellidos de la persona adoptada
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Fecha
2025
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Editor
Universidad Hispanoamericana
Resumen
La fijación del nombre y apellidos en el nacimiento o en el proceso de adopción en Costa Rica con anterioridad al año 2024, se encontraba regulada de forma expresa por una secuencia concreta en los apellidos. Con la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Sala Constitucional en el año 2024 respecto al artículo 49 del Código Civil, la regulación sobre el orden de apellidos experimentó una modificación sustancial. Sin embargo, el Código de Familia, hasta la fecha, no ha sido armonizado con las disposiciones vigentes del Código Civil.
Con base a ello, el presente trabajo de investigación busca proponer una reforma al artículo 104 del Código de Familia que sea consecuente con el artículo 49 del Código Civil para asegurar el derecho a la identidad, a la no discriminación, el derecho a la igualdad y al interés superior del menor de edad.
Descripción
Palabras clave
DERECHO AL NOMBRE, SISTEMA DE DOBLE APELLIDO, IDENTIDAD PERSONAL, DERECHOS HUMANOS, DERECHOS DEL NIÑO
