Fallas Rojas, JorgeNúñez Barboza, GuiselleAlvarado Rodríguez, Yazlin2023-11-272023-11-272023https://dspace-uh-tmp.igniteonline.la/handle/123456789/7989La ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, ley N° 8589, define femicidio según el artículo 21: “La muerte de una mujer que mantenga una relación de matrimonio, unión de hecho declarada o no con su perpetrador”. No todo homicidio de una mujer es un femicidio, si no son aquellos en los que se identifica un vínculo con relaciones de desigualdad entre géneros.84 p.DIGITALPDFesMortalidad y carga de la enfermedad por femicidios, en Costa Rica 2015-2022.TFGMED-708